11/10/10

PARA EL QUE QUIERE SABER MAS: SISTEMA PENAL ACUSATORIO (JUICIO ORAL) LA RFORMA CONTITUCIONAL PENAL EN MEXICO (con video introductrorio)


Con la entrada en vigor el pasado 19 de junio de la reforma constitucional en materia de justicia penal, el sistema mexicano de seguridad y justicia se verá profundamente transformado, y con ello se garantizará la vigencia en nuestro país del debido proceso en materia penal; se recuperará la confianza en el sistema de justicia penal y sus instituciones; se hará más eficiente la persecución e investigación de los delitos y el trabajo de los tribunales penales; el acusado tendrá garantías para su defensa; y se asegurará la protección, asistencia y participación de las víctimas en el proceso penal. Con todo lo anterior el sistema se ajustará a los principios de un Estado democrático de derecho y se adaptarán las leyes a compromisos internacionales de nuestro país.

Lo más trascendental del cambio es que se eleva a rango constitucional de manera explícita la presunción de inocencia y se establecen medidas para lograrla: las confesiones sin defensor carecerán de todo valor probatorio; las carpetas de investigación del Ministerio Público estarán a disposición del acusado y su defensor, y en sus registros deberá estar todo lo investigado, tanto lo incriminatorio como lo exculpatorio; la prisión preventiva en general se limitará a delincuencia organizada y casos de violación, secuestro o delitos violentos con armas, así como para garantizar que el acusado se presente a las audiencias y haya protección de victimas, testigos y la comunidad; además, el acusado comparecerá a las audiencias como parte, y no tras las rejas.

Como medio para que apliquen los principios de inmediación, concentración, contradicción, publicidad y continuidad, que establece la Constitución, la oralidad de las audiencias será un cambio radical en la justicia penal en nuestro país. La Federación, los Estados -que aún no lo han hecho- y el Distrito Federal, en el ámbito de sus respectivas competencias; en cuanto vayan estableciendo la legislación secundaria correspondiente, irán incorporando un sistema procesal penal acusatorio, con lo que en un plazo máximo de ocho años, todos deberán haber transitado del viejo sistema de justicia escrito e impersonal, a uno de tipo oral y público, con audiencias transparentes en igualdad de condiciones para conocer de viva voz las pruebas de la parte contraria y presentar las propias también oralmente, estando el juez siempre presente, con lo que se acelerará la eficiencia de los procesos, que podrán terminar con medidas alternativas de solución de controversias, cuando el acusado reconozca la culpa, repare el daño como lo señale el juez y la víctima esté de acuerdo. Además el Ministerio Público podrá considerar criterios de oportunidad para el no ejercicio de la acción penal, en los supuestos y condiciones que fije la ley secundaria.

Para mejorar nuestra seguridad, a nivel federal y estatal se expedirán dentro de los próximos seis meses y un año, respectivamente, la ley que establezca el Sistema Nacional de Seguridad Pública, en el primer caso, y las leyes en esta materia para las entidades federativas, con lo cual se coordinarán los tres órdenes de gobierno y se compartirá información sobre la criminalidad y el personal de las instituciones policiales, lo que generará mejor funcionamiento por parte de los policiales y de este modo se hará más eficiente la persecución e investigación de los delitos y se erradicarán los malos elementos que en algunos casos están vinculados con la delincuencia organizada.

Debido al poder económico, político y social de que goza la delincuencia organizada, con el que corrompe y combate a nuestras instituciones de seguridad pública, será atacada con figuras excepcionales para combatir este mal. Por mencionar algunas, se aplicará el arraigo ya claramente limitado antes de sujeción a proceso, confidencialidad de datos de víctimas o testigos, la intervención de comunicaciones privadas, acceso a información y la extinción de dominio de propiedades a favor del Estado. Lo anterior provee al gobierno federal de mejores instrumentos de combate en contra de este fenómeno delictivo que tanto daña a las familias y a la sociedad mexicana.

La reforma penal que ahora entra en vigor, por su profundidad es la de mayor trascendencia que ha ocurrido en nuestro país desde la aparición de la figura del Ministerio Público en la Constitución de 1917, y por ello exige de los legisladores una normatividad secundaria lo más acorde posible con el sistema acusatorio que ya está en nuestra ley fundamental; talento de las autoridades que intervengan en su implementación, y de los operadores una intensa reeducación jurídica y compromiso con el nuevo sistema que por cierto, ya está en marcha.


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